Las empresas de medicina privada deberán informar a sus afiliados los aumentos en las cuotas de los planes de cobertura. El aumento de las cuotas tiene que ser informado dentro de los cinco días posteriores a la publicación del último dato del IPC. Además, las entidades de medicina privada deben proporcionar un desglose detallado de los conceptos incluidos en las cuotas facturadas mes a mes.